El Presidente Piñera promulgó este miércoles la Ley de Protección del Empleo, que comprende una serie de medidas extraordinarias y transitorias para proteger los ingresos de los trabajadores.
El proyecto fue despachado este martes del Congreso y además permite la suspensión de la relación laboral por un plazo de hasta seis meses, pero impide que el empleador termine el vínculo laboral aduciendo motivos de fuerza mayor.
El proyecto busca que cuando una empresa deba suspender sus actividades por toque de queda, cuarentena o cualquier otra medida, el empleador y empleado puedan suspender de manera temporal la relación contractual pero sin la figura del despido. La suspensión laboral pactada no puede superar los seis meses.
Trabajador y empresa podrán además pactar una reducción de jornadas laborales y también de remuneración para evitar que dicho empleador quiebre o sea vea en la obligación de despedir empleados. Si ocurre esta situación, la persona podrá complementar su reducida remuneración usando el saldo de su Seguro de Cesantía.
El objetivo principal del Proyecto de Protección al Empleo es que, pese al escenario adverso que afecta tanto a empresarios como trabajadores, no se produzcan despidos y así las personas no pierden su fuente laboral, ni dejan de cotizar (salud y AFP) u ocupar los seguros asociados.
El presidente Sebastián Piñera explicó que “la normativa legal contempla que este beneficio se haga de forma retroactiva desde la declaración de catástrofe, el 18 de marzo pasado”.
En el caso de suspensión de la relación laboral, los trabajadores podrán acceder al Seguro de Cesantía en la forma en que se paga actualmente, permitiendo cubrir sus remuneraciones el primer mes en un 70%.
En el caso de que se extienda la declaración de catástrofe por parte de la autoridad más de 30 días, los giros serán de 55% y 45% de la remuneración para los meses siguientes.
Para garantizar la sostenibilidad del fondo de cesantía solidario, el Fisco entregará, a medida que éste lo requiera, hasta US$ 2.000 millones de dólares.